En tiempos de incertidumbre para los trabajadores mexicanos que se acercan al retiro, la pensión IMSS Ley 73 sigue siendo tema de discusión y deseo entre quienes aún pueden acceder a este esquema. Aquí te contamos qué sucede con esta pensión en 2025, requisitos, montos mínimos y cambios recientes, explicado sencillo y al día.
Introducción: ¿Por qué la Ley 73 sigue importando?
Aunque ahora ya no es posible afiliarse bajo este régimen, la Ley 73 del IMSS representa mejores beneficios para los trabajadores que cotizaron antes del 1 de julio de 1997. Hoy, la gran mayoría de nuevos trabajadores están bajo la Ley 97, pero quienes aún califican por la Ley 73 buscan aprovechar sus ventajas antes de que desaparezca definitivamente para nuevas generaciones.
¿Qué es la pensión IMSS Ley 73?
La pensión IMSS Ley 73 es un esquema de retiro para personas que comenzaron a cotizar antes de julio de 1997. Se caracteriza por:
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Otorgar una pensión calculada en base al promedio salarial de los últimos 5 años de trabajo y el número de semanas cotizadas.
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Requerir, como mínimo, 500 semanas cotizadas para asegurar el derecho a la pensión.
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Ofrecer una pensión vitalicia que se reajusta por inflación.
Requisitos para pensionarse bajo la Ley 73
Para solicitar tu pensión bajo este régimen en 2025, necesitas:
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Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
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Contar con al menos 500 semanas cotizadas.
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Tener mínimo 60 años para pensión por cesantía o 65 para pensión por vejez.
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Haber causado baja en el IMSS y estar sin trabajo formal en el momento de la solicitud.
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Estar vigente en derechos (vigencia equivalente a una cuarta parte del tiempo cotizado después de dejar de trabajar).
Documentos necesarios
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Identificación oficial.
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Acta de nacimiento.
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Comprobante de domicilio (menos de 3 meses de antigüedad).
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Estado de cuenta bancario con CLABE.
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CURP, RFC y estado de cuenta de tu AFORE.
¿Cuál es la pensión mínima garantizada en 2025?
La pensión mínima garantizada para pensionados bajo Ley 73 en julio 2025 es de 9,407 pesos mensuales, aunque este monto puede acercarse a 10,000 pesos debido a ajustes inflacionarios y revisiones anuales. El IMSS garantiza que ninguno de sus pensionados reciba menos de este monto base, ajustando automáticamente las cifras cuando es necesario.
¿Quiénes pueden acceder todavía a la Ley 73?
Solamente aquellas personas que hayan comenzado a cotizar con el IMSS antes del 1 de julio de 1997 y, prácticamente, los últimos beneficiarios serán quienes hayan nacido antes de 1979. Las nuevas generaciones ya no tienen esta opción: solo se aceptarán nuevas pensiones bajo la Ley 97 y el sistema de AFORES.
¿Cómo se calcula la pensión bajo Ley 73?
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El monto de la pensión es el promedio del salario base de cotización de los últimos 5 años multiplicado por el número de semanas cotizadas y un porcentaje dependiendo de la edad al retirarse (más edad, más porcentaje).
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Por ejemplo, si te pensionas a los 60 años recibes el 75% de la pensión calculada; a los 65 años recibes el 100%.
Cambios recientes y futuros
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No habrá nuevos pensionados bajo este régimen: se cierra la inscripción definitiva, pero quienes actualmente están en proceso o ya reciben pensión seguirán con este formato y ajustes futuros conforme a la ley.
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La pensión mínima garantizada está sujeta a incrementos anuales por inflación y no por el salario mínimo como antes.
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Se han reforzado los requisitos documentales y modalidades de trámite, ahora la mayoría se realizan a través de ventanillas digitales “Mi Pensión Digital”.
Preguntas frecuentes (FAQ) sobre la pensión IMSS Ley 73
1. ¿Qué pasa si no cumplo con 500 semanas cotizadas?
No tienes derecho a pensión pero puedes retirar el saldo de tu AFORE y los fondos de SAR cuando cumplas 65 años.
2. ¿Puedo seguir aumentando el monto de mi pensión?
Sí, puedes seguir cotizando voluntariamente en la Modalidad 40 para sumar semanas y aumentar el salario base de cotización (necesitas planearlo con tiempo).
3. Si fallece el pensionado, ¿la familia puede recibir algo?
Sí, la pensión otorga seguridad a beneficiarios directos bajo ciertas condiciones, como pensión por viudez u orfandad.
4. ¿Se puede perder la vigencia de derechos?
Sí, si no tramitas tu pensión durante el periodo de conservación de derechos puedes perder esa opción; el plazo es de una cuarta parte del tiempo que cotizaste.
5. ¿Dónde y cómo puedo iniciar el trámite de pensión?
Puedes hacerlo directamente en línea con “Mi Pensión Digital” o de manera presencial en tu Unidad de Medicina Familiar IMSS, llevando todos los documentos requeridos.
Si estás en vísperas de retiro y cotizaste antes de julio de 1997, ¡atento! La pensión IMSS Ley 73 es un legado que está por decir adiós a nuevos beneficiarios, pero mientras tanto, sigue siendo la mejor opción para obreros y empleados veteranos.